<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20111011-155</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/10/11</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Móstoles número 1. Demanda 519 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>241</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-10-11-241041020110272</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/11/BOCM-20111011-155.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/11/BOCM-20111011-155.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/11/BOCM-20111011-155.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 155 
 Demanda 519 de 2011 
  Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 519 de 2011-E de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abdellah Naciri, contra la empresa “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Estimar la demanda interpuesta por don Abdellah Naciri, don Antonio Rodríguez Lepe y don Iván de Pedro Barquilla, frente a “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, declarando improcedente el despido de los tres actores, y siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución y condeno a la empresa demandada a indemnizar:
  1.o  A don Abdellah Naciri: la indemnización de 6.784,98 euros, más el abono de los salarios de tramitación por un importe de 8.384,70 euros.
  2.o  A don Antonio Rodríguez Lepe: la indemnización de 14.340,03 euros, más el abono de los salarios de tramitación por un importe de 8.969,90 euros.
  3.o  A don Iván de Pedro Barquilla: la indemnización de 6.291,36 euros, más el abono de los salarios de tramitación por un importe de 8.388,50 euros.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 5 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/31.837/11)</texto>
</documento>