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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>DAGANZO DE ARRIBA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/10/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Daganzo. Organización y funcionamiento. Modificación ordenanzas fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>238</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Daganzo de Arriba</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE DAGANZO 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 58 
 Modificación ordenanzas fiscales 
  El Pleno del Ayuntamiento de Daganzo, en sesión ordinaria celebrada el día 21 de septiembre de 2011, acordó la aprobación provisional de la modificación de ordenanzas fiscales y de policía y buen gobierno.
  Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.
  Daganzo, a 23 de septiembre de 2011..El alcalde-presidente, Sergio Berzal Valladar.
  (03/31.723/11)</texto>
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