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    <fecha_publicacion>2011/10/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 19. Demanda 327 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>238</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 180 
 Demanda 327 de 2011 
  Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 327 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Óscar Cucalón Robles, contra las empresas “Solatén, Sociedad Limitada”, e “Isogetra, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Fallo
  Que estimando parcialmente la demanda formulada por don Óscar Cucalón Robles, contra las entidades “Solatén, Sociedad Limitada”, e “Isogetra, Sociedad Limitada”, y siendo parte el ministerio fiscal, debo declarar y declaro improcedente el despido de la parte actora, condenando a las empresas demandadas a que a su opción, que deberán manifestar en el plazo de cinco días desde la recepción de la presente resolución, readmitan al trabajador en su puesto de trabajo o le indemnicen en la suma de 18.144 euros, con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de notificación de esta sentencia a razón de 50,40 euros diarios, sin perjuicio de las situaciones de incompatibilidad que se produzcan por otras situaciones laborales o prestacionales.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia o se trate de emplazamiento que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Solatén, Sociedad Limitada”, e “Isogetra, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y, en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/31.379/11)</texto>
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