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    <fecha_publicacion>2011/10/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Demanda 892 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>238</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 172 
 Demanda 892 de 2010 
  Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 892 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jilali Assaoua, contra la empresa “Construcciones y Conservaciones PSP, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Tener por desistido a don Jilali Assaoua de su demanda frente a “Construcciones y Conservaciones PSP, Sociedad Limitada”.
  Llévese testimonio de la presente resolución a los autos, y una vez firme la presente, archívense las actuaciones sin más trámite, dejando nota en el libro registro de este Juzgado.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones y Conservaciones PSP, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 28 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/31.262/11)</texto>
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