<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20111007-139</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/10/07</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 4. Demanda 605 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>238</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-10-07-238290920110023</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/07/BOCM-20111007-139.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/07/BOCM-20111007-139.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/07/BOCM-20111007-139.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 139 
 Demanda 605 de 2011 
  Doña Ana María Ruiz Tejero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 605 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Soledad Rodríguez Mayoral, contra la empresa “Grupo Rescalvo Mantenimiento y Servicios, Sociedad Limitada”, sobre resolución de contrato, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 352 de 2011
  En Madrid, a 21 de julio de 2011..Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de esta ciudad, el juicio promovido por resolución de contrato, seguido con el número 605 de 2011, a instancias de doña María Soledad Rodríguez Mayoral, asistida del letrado señor don Pedro José Claro Casado, frente a la entidad “Grupo Rescalvo Mantenimiento y Servicios, Sociedad Limitada”, que no comparece; autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base al siguiente
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por doña María Soledad Rodríguez Mayoral, frente a la entidad “Grupo Rescalvo Mantenimiento y Servicios, Sociedad Limitada”, en resolución de contrato, declaro la extinción del contrato de trabajo de la actora con la demandada en la fecha de esta resolución, con derecho a percibir una indemnización por importe de 5.664,68 euros.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Rescalvo Mantenimiento y Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/31.383/11)</texto>
</documento>