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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VENTURADA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/10/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Venturada. Régimen económico. Tasa actividades Policía Local</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>238</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Venturada</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VENTURADA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 113 
 Tasa actividades Policía Local 
  El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 10 de septiembre de 2011, adoptó, entre otros, el acuerdo de imposición y ordenación de la tasa por prestación de servicios y realización de actividades a cargo de la Policía Local, el cual ha sido aprobado con carácter provisional, que se elevará automáticamente a definitivo si no se presentaran reclamaciones.
  De conformidad con lo prevenido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el referido expediente queda expuesto en la Secretaría Municipal por plazo de treinta días hábiles, durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar, en su caso, las reclamaciones que estimen oportunas ante el Pleno Corporativo.
  Venturada, a 12 de septiembre de 2011..El alcalde, Daniel Caparrós López.
  (03/31.727/11)</texto>
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