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    <fecha_publicacion>2011/10/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 3. Juicio de faltas 56 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>237</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 94 
 Juicio de faltas 56 de 2011 
  Doña María José Moraleja León, secretaria del Juzgado de instrucción número 3 de Leganés.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 56 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Don José María Escribano Laclériga, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 3 de esta localidad, ha visto y oído en juicio verbal el juicio de faltas número 56 de 2011, seguido por hurto, en el que han sido partes el ministerio fiscal, ejercitando la acción pública, don Javier Francisco de la Torre, en calidad de denunciante, y no comparecieron los denunciados don Ion Balasa y don Pavel Marginean.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Pavel Marginean y don Ion Balasa, como responsables, en concepto de autores de una falta de hurto, a la pena de multa de un mes con cuota de 6 euros por día a cada uno de ellos, con la responsabilidad subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, caso de impago, y al abono de las costas procesales.
  Publíquese la presente en audiencia pública y notifíquese a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma y en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación podrá interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que habrá de formalizarse ante este Juzgado conforme a lo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y durante cuyo plazo se hallarán las actuaciones a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.
  Así por esta mi sentencia, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Ion Balasa y don Pavel Marginean, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
  En Leganés, a 1 de septiembre de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/31.222/11)</texto>
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