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    <fecha_publicacion>2011/10/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 17. Demanda 502 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>235</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 149 
 Demanda 502 de 2010 
  Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 502 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ion Calin y don Florín Piciu, contra la empresa “Aerosándwich, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 24 de marzo de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Que estimando la demanda formulada por don Ion Calin y don Florín Piciu, contra “Aerosándwich, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a don Ion Calin 1.950 euros y a don Florín Piciu 2.340 euros, más el 10 por 100 en concepto de interés por mora en ambos casos.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aerosándwich, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 1 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/30.741/11)</texto>
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