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    <identificador>BOCM-20111003-61</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>COLMENAR VIEJO</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/10/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Colmenar Viejo. Régimen económico. Modificación ordenanzas fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>234</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Colmenar Viejo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 61 
 Modificación ordenanzas fiscales 
  Se hace constar, para el general conocimiento, que el Pleno Municipal, en su sesión celebrada el 29 de septiembre de 2011, acordó la aprobación provisional de modificación de las ordenanzas fiscales siguientes:
  .	Impuesto sobre bienes inmuebles.
  .	Impuesto sobre actividades económicas.
  .	Tasa por prestación de servicios del cementerio municipal.
  .	Tasa por tramitación de licencias de instalación y funcionamiento de actividades.
  Los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones o sugerencias que estimen oportunas con sujeción a las reglas que se indican a continuación:
  A.	Plazo de información pública y audiencia, así como de presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este anuncio.
  B.	Oficina de presentación: Ayuntamiento.
  C.	Órgano ante el que se reclama: Pleno Municipal.
  Esta aprobación se elevará automáticamente a definitiva si durante el plazo de información pública no se presentasen reclamaciones.
  Colmenar Viejo, a 29 de septiembre de 2011..El concejal-delegado de Hacienda, César de la Serna Moscol.
  (03/32.774/11)</texto>
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