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    <fecha_publicacion>2011/09/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 6. Ejecución 163 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>230</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 95 
 Ejecución 163 de 2011 
  Doña Sagrario Coteño del Reino, secretaria del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento ejecución 163 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Clara Rodríguez Barba Heras, contra las empresas “Moncohe, Sociedad Limitada”, “Sercohe, Sociedad Limitada” y “Casega, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de ejecución y decreto de 27 de julio de 2011, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
  Parte dispositiva:
  Dispongo: despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, doña Clara Rodríguez Barba Heras, frente a “Moncohe, Sociedad Limitada”, “Sercohe, Sociedad Limitada” y “Casega, Sociedad Limitada”, en forma solidaria por importe de 8.344,35 euros de principal, mas otros 500,66 euros y 834,43 euros en concepto de intereses y costas fijados prudencialmente, sin perjuicio de posterior liquidación.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte..El magistrado-juez y el secretario judicial..Doy fe.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo:
  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles de que, de no ser así, se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida..El secretario judicial (firmado).
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Moncohe, Sociedad Limitada”, “Sercohe, Sociedad Limitada” y “Casega, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 27 de julio de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/30.227/11)</texto>
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