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    <identificador>BOCM-20110928-82</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 25</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/09/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 25. Procedimiento 470 de 2010-C</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>230</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 25</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 25 
 EDICTO
 
 82 
 Procedimiento 470 de 2010-C 
  El Juzgado de primera instancia número 25, en autos número 470 de 2010, sobre divorcio, instados por don Javier Alexis Moscat Garrido, representado por el procurador don Norberto Pablo Jerez Fernández, contra doña Ana Regina Salazar Murray, que se halla con domicilio desconocido, ha acordado por medio de la presente notificar al mencionado demandado que en el referido procedimiento ha recaído sentencia de 20 de mayo de 2011, en la que en su parte dispositiva se acuerda el siguiente fallo:
  Fallo
  Que estimando íntegramente la demanda promovida por el procurador don Antonio Norberto Pablo Jerez Fernández, en nombre y representación de don Javier Alexis Moscat Garrido, contra doña Ana Regina Salazar Murray, declaro el divorcio y se establecen los siguientes efectos:
  1.  No procede adoptar medidas con respecto a la pensión de alimentos.
  2.  No procede adjudicar domicilio conyugal a ninguno de los cónyuges.
  3.  No procede conceder la pensión compensatoria a ninguno de los cónyuges.
  4.  No procede hacer especial imposición de costas.
  Notifíquese la presente resolución a las partes mencionadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el término de cinco días ante este Juzgado, debiendo consignarse previamente, en su caso, el depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre de este Juzgado en la entidad “Banesto”, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre..Firmado y rubricado en su original (firmado)..Consta su publicación.
  Y para que sirva de notificación en forma a doña Ana Regina Salazar Murray, que se halla en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto.
  Dado en Madrid, a 20 de mayo de 2011..La secretaria (firmado).
  (02/8.098/11)</texto>
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