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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>COBEÑA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/09/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Cobeña. Régimen económico. Impuesto bienes inmuebles naturaleza rústica 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>230</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Cobeña</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COBEÑA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 48 
 Impuesto bienes inmuebles naturaleza rústica 2011 
  Habiéndose aprobado por decreto de alcalde, de 14 de septiembre de 2011, los padrones que a continuación se detallan:
  a)	Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica 2011.
  b)	Impuesto sobre actividades económicas del ejercicio 2011.
  c)	Impuesto sobre actividades económicas 2.o trimestre del ejercicio 2010.
  d)	Impuesto sobre actividades económicas 4.o trimestre del ejercicio 2010.
  Se exponen al público por un período de quince días en el Servicio de Recaudación, a fin de que los interesados puedan examinarlo e interponer las reclamaciones que estimen oportunas.
  Terminado el período voluntario de pago se iniciará el período ejecutivo, que devengará los correspondientes intereses de demora y recargos y, en su caso, las costas que procedan.
  La exposición pública tiene los efectos de notificación colectiva de los padrones y datos consignados en los mismos, a cada uno de los sujetos pasivos.
  Contra el acto de aprobación y de las liquidaciones contenidos en los mismos, los interesados podrán interponer ante el alcalde-presidente recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes, contado desde la fecha de finalización del plazo de exposición pública, lo cual no obsta la ejecutividad recaudatoria de los padrones.
  En Cobeña, a 14 de septiembre de 2011..El alcalde, Jorge Amatos Rodríguez.
  (02/8.280/11)</texto>
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