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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/09/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 2. Demanda 501 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>230</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 164 
 Demanda 501 de 2011 
  Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 501 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jonathan Talavera Becerra y don Ángel Sandín Reyes, contra la empresa “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Estimando la demanda de despido interpuesta por don Ángel Sandín Reyes y por don Jonathan Talavera Becerra, contra la empresa “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de los citados trabajadores y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que les abone:
  1.  A don Ángel Sandín Reyes una indemnización de cuarenta y cinco días de salario por año de servicio, cuyo importe asciende a la cantidad de 3.377,58 euros (setenta y ocho con setenta y cinco días a 42,89 euros), más salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha del despido, 18 de febrero de 2011, y hasta la de la presente resolución (ciento cincuenta y ocho días a razón de 42,89 euros diarios), cuyo importe asciende a la suma de 6.776,62 euros.
  2.  A don Jonathan Talavera Becerra una indemnización de cuarenta y cinco días de salario por año de servicio, cuyo importe asciende a la cantidad de 11.788,42 euros (doscientos cuarenta y siete con cinco días a 47,63 euros), más salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha del despido, 18 de enero de 2011, a razón de 47,63 euros diarios, debiendo descontarse los percibidos en la empresa “Obras y Proyectos Rose, Sociedad Limitada”, desde el 26 de marzo de 2011, cuyo importe se determinará en ejecución de sentencia al ser dicho empleo anterior a la presente resolución.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 1 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/30.079/11)</texto>
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