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    <fecha_publicacion>2011/09/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 39. Ejecución 157 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>230</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 154 
 Ejecución 157 de 2011 
  Doña Margarita Martínez González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento ejecución número 157 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mohammed y don Abdellah Ghandour, contra la empresa “Encofrados Sandin, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado las siguientes resoluciones, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante don Mohammed y don Abdellah Ghandour frente a “Encofrados Sandin, Sociedad Limitada”, parte ejecutada.
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial doña Margarita Martínez González..En Madrid, a 6 de septiembre de 2011.
  Visto el contenido del anterior auto dictado con esta fecha, se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta en sentencia de fecha 25 de febrero de 2011 a “Encofrados Sandin, Sociedad Limitada”, en favor de los demandantes don Mohammed y Abdellah Ghandour y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa número 3 de Madrid el día 5 de octubre de 2011 a las ocho y cuarenta y cinco horas de su mañana, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente presentada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Encofrados Sandin, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 6 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/30.717/11)</texto>
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