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    <fecha_publicacion>2011/09/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Demanda 1.260 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>229</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 95 
 Demanda 1.260 de 2010 
  Doña María Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.260 de 2010, de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Antonio Jiménez García, contra la empresa “Aiscumart, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya copia es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por don Antonio Jiménez García, frente a “Aiscumart, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido impugnado, condenando a la demandada a que, a su opción y dentro del plazo legal, readmita al demandante en sus anteriores condiciones de trabajo o le indemnice en la suma de 194,51 euros, con abono de los salarios de trámite, denegados desde el 6 de agosto de 2010 hasta la notificación de la presente a razón de 51,87 euros/día.
  Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación.
  Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, agencia 1143, sucursal sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 0030-1143-2810-0000-65, seguidos del número de autos, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta en “Banesto”, agencia de la calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado, con el número 0030-1143-2810-0000-65, seguidos del número de autos, la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte  a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aiscumart, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 18 de mayo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/31.658/11)</texto>
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