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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/09/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 2. Demanda 606 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>229</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 103 
 Demanda 606 de 2010 
  Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 606 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Marek Piotr Urbanr y don Jacek Stefan Biernat, contra las empresas “Artelman, Sociedad Limitada”, “Rayet Construcción, Sociedad Anónima”, y el Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Estimando la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por don Marek Piotr Urbanr y don Jacek Stefan Biernat, contra las empresas “Artelman, Sociedad Limitada”, y “Rayet Construcción, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a la empresa “Artelman, Sociedad Limitada”, a que abone a los trabajadores las cantidades de 3.168,01 euros y 3.259,80 euros, respectivamente; todo ello con absolución de la empresa “Rayet Construcción, Sociedad Anónima”, y del Fondo de Garantía Salarial, este último sin perjuicio de lo establecido en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Artelman, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 1 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/29.958/11)</texto>
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