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    <identificador>BOCM-20110923-81</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2011/09/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Tres Cantos. Régimen económico. Procedimiento sancionador</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>226</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Tres Cantos</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 81 
 Procedimiento sancionador 
  Intentada en más de dos ocasiones en el domicilio de su destinatario la resolución dictada en el procedimiento sancionador número 0022Z/10, incoado a don José Manuel Gallo Castro, por infracción de la normativa urbanística de aplicación, con sanción por importe de 1.428 euros, no ha sido posible su práctica por causas no imputables a la Administración.
  Por ello, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de  de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento correspondiente.
  De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de dicha Ley, y en evitación de cualquier posible lesión de que la publicación íntegra de la Resolución de procedimiento pudiera derivarse para los derechos e intereses legítimos del interesado, se significa que puede comparecer para conocer íntegramente el acto que se notifica, durante el plazo de diez días hábiles a partir de la publicación del presente anuncio en las dependencias del Ayuntamiento de Tres Cantos, Área de Urbanismo, Unidad de Disciplina y Planeamiento, en horario de atención al público, de nueve y treinta a trece y treinta, de lunes a viernes.
  Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer los recursos contemplados en los artículos 116 y siguientes de la citada Ley 30/1992, sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que estime procedente.
  En Tres Cantos, a 17 de agosto de 2011..El concejal de Urbanismo, Jesús Moreno García.
  (02/7.755/11)</texto>
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