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    <titulo>– Navalagamella. Régimen económico. Padrones impuesto bienes inmuebles naturaleza urbana</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>223</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>NAVALAGAMELLA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE NAVALAGAMELLA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 87 
 Padrones impuesto bienes inmuebles naturaleza urbana 
  Por decreto de Alcaldía de 8 de julio de 2011, se han aprobado los padrones de impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica y del impuesto sobre bienes inmuebles de características especiales para el ejercicio 2011, los cuales permanecerán expuestos al público en la Secretaría de este Ayuntamiento durante un plazo de veinte días a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  La inclusión de un sujeto pasivo en el padrón, así como su exclusión o alteración de cualquiera de sus datos, constituyen actos administrativos contra los que cabe interponer, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización de su exposición al público, recurso de reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento.
  El cobro del tributo en período voluntario será el 1 de agosto al 15 de noviembre de 2011, ambos inclusive, y se podrá realizar en la entidad bancaria colaboradora con este Ayuntamiento, entre las fechas anteriormente referencias. El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber sido satisfecha la deuda correspondiente abrirá la vía ejecutiva con el consiguiente recargo de apremio y los intereses de demora.
  En Navalagamella, a 8 de julio de 2011..El alcalde en funciones, Carlos Rodríguez Bacelo.
  (02/6.600/11)</texto>
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