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    <identificador>BOCM-20110920-68</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>FRESNEDILLAS DE LA OLIVA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/09/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Fresnedillas de la Oliva. Régimen económico. Requerimiento pago a obligados tributarios desconocidos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>223</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Fresnedillas de la Oliva</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE FRESNEDILLAS DE LA OLIVA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 68 
 Requerimiento pago a obligados tributarios desconocidos 
  No siendo posible practicar notificación a los obligados tributarios (o representantes) a continuación reflejados, por resultar desconocidos en el domicilio fiscal por dos veces, según lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, mediante el presente anuncio se les cita para que comparezcan en el Ayuntamiento de Fresnedillas de la Oliva, a fin de que le sean notificadas las actuaciones llevadas a cabo en el plazo de quince días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos. Igualmente, se los tendrá por notificados de las sucesivas actuaciones y diligencias de dicho procedimiento manteniéndose el derecho que les asiste a comparecer en cualquier momento del mismo. 
  Finalizado el plazo para ingreso en el período voluntario de la deuda expresada (si se publica esta notificación entre los días 1 y 15 del mes, la fecha de recepción hasta el día 20 de dicho mes o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente, si se publica entre los días 16 y último de mes, desde la fecha hasta el día 5 del mes siguiente, si este no fuera ­hábil, hasta el inmediato hábil siguiente), se procederá por el tesorero a despachar la ejecución contra sus bienes y derechos.
  
 
   Fresnedillas de la Oliva, a 8 de agosto de 2010..El tesorero, Leoncio García Álvarez.
  (02/7.532/11)</texto>
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