<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110919-34</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MADRID</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/09/19</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Madrid. Otros anuncios. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Desestimación recurso reposición</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>222</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-09-19-222050920110125</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/09/19/BOCM-20110919-34.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/09/19/BOCM-20110919-34.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/09/19/BOCM-20110919-34.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 OTROS ANUNCIOS
 Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 
 34 
 Desestimación recurso reposición 
  El coordinador general de Gestión Urbanística, Vivienda y Obras, en virtud del informe-propuesta de resolución del Departamento de Recursos de 7 de julio de 2011, obrante en el expediente 711/2011/13511, ha dictado con fecha 26 de julio de 2011 la siguiente resolución:
  “Desestimar el recurso de reposición interpuesto por don A. D. B., con DNI número 2890427-V, contra la resolución de 8 de abril de 2011, por la que se dispuso iniciar en ejecución sustitutoria las obras de demolición de construcción de nave para actividad ganadera en suelo no urbanizable de protección ecológica, realizadas en la finca situada en la calle de Rascafría, número 5, confirmando la resolución impugnada por ser ajustada a derecho”.
  Dicha resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  Lo que se hace público para conocimiento del interesado, por haber resultado infructuosas las gestiones realizadas para notificarle la citada resolución. Todo ello de conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, significando, no obstante, que el contenido del informe-propuesta resolución en que se basa la resolución podrá ser consultado por el interesado en cualquier momento personándose en el Departamento de Recursos de la Subdirección General de Régimen Jurídico, sito en la calle Guatemala, número 13, tercera planta.
  Madrid, a 23 de agosto de 2011..El jefe del Departamento, Manuel Cárdenas Roldán.
  (01/2.774/11)</texto>
</documento>