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    <fecha_publicacion>2011/08/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Ciempozuelos. Régimen económico. Padrón impuesto sobre bienes inmuebles naturaleza rústica</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>204</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Ciempozuelos</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE CIEMPOZUELOS 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 30 
 Padrón impuesto sobre bienes inmuebles naturaleza rústica 
  Por medio de la presente se hace público que mediante resolución de la Alcaldía-Presidencia 1111/2011, de 23 de julio, se ha procedido a la aprobación del padrón del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica correspondiente al ejercicio 2011, el cual queda expuesto al público a efectos de reclamación durante el período de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Contra la aprobación de dicho padrón podrá formularse ante esta Alcaldía-Presidencia recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el siguiente al de la finalización del período de su exposición al público, según lo dispuesto en el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
  El período de ingreso voluntario queda establecido entre el 30 de septiembre y el 30 de noviembre de 2011 (ambos inclusive).
  Se informa que la fecha prevista de cargo de los recibos domiciliados es el 31 de octubre de 2011.
  El pago podrá efectuarse en cualquier entidad bancaria colaboradora con oficina en esta localidad, en su horario de apertura al público, mediante la presentación del correspondiente recibo, todo ello entendido sin perjuicio de la posibilidad de efectuar la correspondiente domiciliación.
  Transcurrido el período de pago voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengará los correspondientes recargos de apremio, así como los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
  Lo que se hace público a los efectos oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 78 y siguientes del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y preceptos concordantes de la normativa tributaria y de régimen local.
  En Ciempozuelos, a 28 de julio de 2011..La alcaldesa-presidenta, María de los Ángeles Herrera García.
  (02/7.066/11)</texto>
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