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    <fecha_publicacion>2011/08/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 12. Ejecución 184 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 99 
 Ejecución 184 de 2011 
  Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 184 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Antonio Macho Cardenal y doña Manuela Alarcón Alarcón, contra la empresa “Sercal, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 26 de julio de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 12 de abril de 2011, por importe de 58.651 euros en concepto de principal, más otros 6.000 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses y costas, sin perjuicio de su posterior liquidación, a favor de la parte ejecutante don José Antonio Macho Cardenal y doña Manuela Alarcón Alarcón, frente a  “Sercal, Sociedad Anónima”, parte ejecutada.
  Constando la insolvencia de la empresa demandada “Sercal, Sociedad Anónima”, por el Juzgado de lo social número 7 de Alicante en la ejecución número 401 de 2010, de fecha 3 de febrero de 2011.
  Quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 58.651,97 euros de principal y 6.000 euros de intereses y costas, sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, procédase a dictar insolvencia, y antes de ello, conforme lo previsto en el artículo 274.1 de la Ley de Procedimiento Laboral, a dar audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en término de quince días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando, en tal caso, bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sercal, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/28.599/11)</texto>
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