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    <identificador>BOCM-20110826-81</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/08/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 5. Demanda 1.628 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>202</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5 
 EDICTO
 
 81 
 Demanda 1.628 de 2010 
  El secretario judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.628 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Julián Hernanz Lobo, doña Araceli Pascual Ortiz y doña Lucía Pascual Ortiz, contra la empresa “Simois Gestión de Arte, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 434 de 2011
  En nombre del Rey..En Madrid, a 20 de julio de 2011.
  Vistos por la ilustrísima señora doña Ángela Mostajo Veiga, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de Madrid, los presentes autos sobre cantidad, siendo partes en los mismos: de una, como demandantes, don Julián Hernanz Lobo, doña Araceli Pascual Ortiz y doña Lucía Pascual Ortiz, asistidos por la letrada doña Yolanda García Romo, y de otra, como demandada, “Simois Gestión de Arte, Sociedad Limitada”, que no comparece, con citación del Fondo de Garantía Salarial, que no comparece.
  Fallo
  Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Julián Hernanz Lobo, doña Araceli Pascual Ortiz y doña Lucía Pascual Ortiz, contra “Simois Gestión de Arte, Sociedad Limitada”, con citación del Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa a que abone a los actores las siguientes sumas:
  A don Julián Hernanz Lobo: 12.920,84 euros.
  A doña Araceli Pascual Ortiz: 6.660,67 euros.
  A doña Lucía Pascual Ortiz: 6.660,67 euros.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Simois Gestión de Arte, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 27 de julio de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/28.633/11)</texto>
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