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    <fecha_publicacion>2011/08/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Ejecución 177 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>202</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 119 
 Ejecución 177 de 2011 
  Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 177 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abderrachid Oulad Laarbi, don El Mostafa Belarby, don Salvador Bas Leal y don Juan Antonio Martín Cercadillo, contra la empresa “Cerámica Técnica de Henares, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  En atención a lo dispuesto, se acuerda:
  a)  Despachar orden general de ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución a instancias de los ejecutantes don Abderrachid Oulad Laarbi, don El Mostafa Belarby, don Salvador Bas Leal y don Juan Antonio Martín Cercadillo, contra la ejecutada “Cerámica Técnica de Henares, Sociedad Anónima”, por un principal de 29.920,39 euros, más la cantidad de 4.863 euros en concepto de intereses y costas provisionales.
  b)  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cerámica Técnica de Henares, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 22 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/28.562/11)</texto>
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