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    <identificador>BOCM-20110826-105</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/08/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 13. Ejecución 227 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>202</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13 
 EDICTO
 
 105 
 Ejecución 227 de 2010 
  Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 227 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Domingo Hernández García y don Marcelino Alonso Guijo, contra la empresa “Construcciones Conalva, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 14 de julio de 2011.
  Parte dispositiva:
  1.  Estimar el recurso de reposición en los términos que a continuación se dirá.
  2.  Fijar el importe de la indemnización y los salarios de tramitación en las siguientes cuantías:
  A don Marcelino Alonso Guijo:
  Indemnización: 34.232,70 euros.
  Salarios de tramitación: 17.094,82 euros.
  A don Domingo Hernández García:
  Indemnización: 53.378,33 euros.
  Salarios de tramitación: 20.699,58 euros.
  3.  Declarar el derecho de los actores a percibir la indemnización adicional del artículo 279.2.b) de la Ley de Procedimiento Laboral en las siguientes cuantías:
  A don Marcelino Alonso Guijo: 10.711,17 euros.
  A don Domingo Hernández García: 16.945,50 euros.
  4.  Condenar a las empresas “Desmontes y Firmes, Sociedad Anónima”, “Construcciones Majalar, Sociedad Limitada”, y “Construcciones Conalva, Sociedad Limitada”, a que de forma conjunta y solidaria abonen las anteriores cantidades.
  5.  Mantener por lo demás los restantes pronunciamientos del auto de fecha 27 de enero de 2011.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Conalva, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 27 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/28.534/11)</texto>
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