<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110824-61</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VILLAMANTA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/08/24</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Villamanta. Organización y funcionamiento. Nombramiento funcionario eventual</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>200</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-08-24-200180820110043</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/24/BOCM-20110824-61.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/24/BOCM-20110824-61.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/24/BOCM-20110824-61.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villamanta</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLAMANTA 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 61 
 Nombramiento funcionario eventual 
  Por resolución de Alcaldía 343/2011, de 11 de julio, se ha nombrado a don Alfredo Martín López, con DNI número 1085998-F, como funcionario eventual del Ayuntamiento de Villamanta (Madrid), en el puesto de “coordinador de obras e infraestructuras”, el cual fue creado por acuerdo del Pleno de la Corporación, en su sesión ordinaria de 7 de julio de 2011, comprendiendo las siguientes funciones:
  1.  El seguimiento y control de la jornada laboral de los operarios y empleados públicos del Ayuntamiento adscritos a las labores de obras públicas, infraestructuras y jardinería.
  2.  La coordinación de los trabajos a realizar por los operarios y empleados públicos del Ayuntamiento adscritos a las labores de obras públicas, infraestructuras y jardinería.
  3.  Planificar la ejecución de las obras de conservación, reparación y ampliación que se promuevan desde el Ayuntamiento.
  4.  Asesoramiento al alcalde y concejales sobre las incidencias detectadas en el ejercicio de sus funciones.
  5.  Control del correcto uso de los materiales empleados en las obras públicas y jardinería por los empleados públicos municipales y del cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales y salud en el trabajo.
  6.  Optimizar los materiales y herramientas empleados por los operarios municipales dentro de una política de buena gestión y ahorro en el coste.
  7.  El estudio de las necesidades existentes en el municipio a nivel de obras públicas, infraestructuras y jardinería.
  8.  Adoctrinamiento a los operarios y empleados públicos municipales adscritos a las labores de obras públicas, infraestructuras y jardinería sobre el manejo de máquinas, herramientas y técnicas de la construcción.
  9.  La recepción y firma de los albaranes y control de la entrada y salida del material del Ayuntamiento adscrito a obras públicas, infraestructuras y jardinería.
  La retribución bruta mensual de este puesto se ha fijado en 1.500 euros, conforme a la distribución señalada a continuación, siendo de dedicación exclusiva con una jornada de cuarenta horas semanales, prestadas de lunes a domingo, con los descansos que establece la Ley, previéndose la posibilidad de tener que realizar guardias determinados fines de semana para el control de los operarios y empleados públicos del Ayuntamiento adscritos a las labores de obras públicas, infraestructuras y jardinería.
  Retribución bruta mensual:
  .	Sueldo base (grupo C1): 720,02 euros.
  .	Complemento de destino (nivel 16): 349,93 euros.
  .	Complemento específico: 430,05 euros.
  .	Total: 1.500 euros.
  Órgano del que depende: Alcaldía.
  Lo que se publica para que sea objeto de general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
  Contra la citada resolución de Alcaldía se podrá interponer el recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente día a su publicación, ante el alcalde del Ayuntamiento de Villamanta (Madrid), sin perjuicio de la posibilidad de interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente día a su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del partido judicial de Madrid.
  En Villamanta, a 2 de agosto de 2011..El alcalde-presidente, Pedro Luis Dorado del Álamo.
  (03/29.156/11)</texto>
</documento>