<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110824-33</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CHAPINERÍA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/08/24</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Chapinería. Régimen económico. Modificación créditos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>200</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-08-24-200170820110057</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/24/BOCM-20110824-33.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/24/BOCM-20110824-33.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/24/BOCM-20110824-33.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Chapinería</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE CHAPINERÍA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 33 
 Modificación créditos 
  En la Intervención de este Ayuntamiento, y a los efectos establecidos en el artículo 177.2, en relación con el artículo 169 de Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público a efectos de reclamaciones el expediente de modificación de créditos 9/2011, financiado con cargo a transferencia entre partidas, que afecta al vigente presupuesto económico, y el cual fue aprobado inicialmente en sesión extraordinaria celebrada el día 28 de julio de 2011.
  Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004 citado a que ha hecho referencia, y por los motivos taxativamente enumerados, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
  a)	Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  b)	Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento de Chapinería.
  c)	Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.
  Se considerará definitivamente aprobado el expediente de suplementos de crédito si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones contra el mismo.
  En Chapinería, a 4 de agosto de 2011..El alcalde-presidente, Ángel Luis Fernández Robles.
  (03/29.114/11)</texto>
</documento>