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    <departamento>Consejería de Educación y Empleo</departamento>
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    <titulo>Concesión premio
– Orden 3109/2011, de 3 de agosto, por la que se resuelve la convocatoria de los “Premios Aurelio Blanco” para alumnos de Escuelas de Arte cuya titularidad corresponde a la Comunidad de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO 
 
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 ORDEN 3109/2011, de 3 de agosto, por la que se resuelve la convocatoria de los “Premios Aurelio Blanco” para alumnos de Escuelas de Arte cuya titularidad corresponde a la Comunidad de Madrid. 
  Por Orden 1754/2011, de 3 de mayo, se modifican las bases reguladoras establecidas en la Orden 3116/2008, de 19 de junio, y se aprueba la convocatoria para el año 2011 de los “Premios Aurelio Blanco” para alumnos de Escuelas de Arte cuya titularidad corresponde a la Comunidad de Madrid.
  Vista la propuesta de concesión del jurado, en su reunión del día 27 de junio de 2011, 
  DISPONGO
  Primero
  Adjudicar los siete “Premios Aurelio Blanco”, correspondientes al año 2011, a los alumnos de las siete Escuelas de Arte de la Comunidad de Madrid que han obtenido mayor puntuación y que a continuación se relacionan. 
  La dotación de cada premio asciende a 2.550 euros, y se harán efectivos con cargo a la partida 48390 del programa económico 506 del vigente presupuesto de gastos.
  
 
   Segundo
  Sin menoscabo de lo explicitado en el artículo 11 de la Orden 3116/2008, de 19 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de junio), modificada por la Orden 1754/2011, de 3 de mayo, en donde se establece el derecho de la Dirección General  de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales a la edición de los trabajos premiados durante un período máximo de dos años, dichos trabajos podrán ser retirados en sus Escuelas de Arte de origen entre los días 1 y 28 de febrero de 2012.
  Los trabajos no premiados podrán retirarse en sus Escuelas de Arte de origen entre los días 2 y 31 de enero de 2012.
  Tercero
  Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el titular de la Consejería de Educación y Empleo en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  DISPOSICIÓN FINAL
  Esta Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Madrid, a 3 de agosto de 2011.
  		La Consejera de Educación y Empleo, 		LUCÍA FIGAR DE LACALLE
  (03/29.937/11)</texto>
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