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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA NÚMERO 4</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/08/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Zaragoza número 4. Autos 190 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>200</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 254 
 Autos 190 de 2011 
  Doña Laura Pou Ampuero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Zaragoza.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 190 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Martínez Giménez, don Sebastián Martínez Cárdenas y don Manuel Baena Aguilera, contra la empresa “Sagú Servicios de Intermediación, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 3 de marzo de 2011 a favor de la parte ejecutante don Javier Martínez Giménez, don Sebastián Martínez Cárdenas y don Manuel Baena Aguilera, frente a “Sagú Servicios de Intermediación, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 10.815,68 euros en concepto de principal, más otros 432,62 euros y 1.081,56 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Así lo acuerda y firma su señoría..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sagú Servicios de Intermediación, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Zaragoza, a 7 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/28.273/11)</texto>
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