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    <fecha_publicacion>2011/08/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 25. Demanda 836 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 181 
 Demanda 836 de 2010 
  Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 836 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Paola López Ordóñez, contra la empresa “Ecología Aplicada, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:
  Decreto
  Secretaria judicial, doña María José González Huergo..En Madrid, a 2 de junio de 2011.
  Antecedentes de hecho:
  Primero..Doña Irene Sierra Yabén y doña Paola López Ordóñez presentaron demanda el día 9 de junio de 2010, frente a “Ecología Aplicada, Sociedad Limitada”, incoándose el procedimiento de demanda número 808 de 2010, en materia de derecho y cantidad, señalándose para los actos de conciliación y/o juicio para el día 2 de junio de 2011, a las nueve y veinte horas.
  Segundo..A dichos actos no compareció la parte actora doña Paola López Ordóñez, pese a estar citada en legal forma, según consta en autos, pero sí comparece doña Irene Sierra Yabén, con documento nacional de identidad número 51099257-L.
  Fundamentos de derecho:
  Único..El artículo 83.2 de la Ley de Procedimiento Laboral establece que si el demandante, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda. No habiéndose interesado por la demandada la continuación del proceso.
  Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Tener por desistido a doña Paola López Ordóñez de su demanda, y una vez firme esta resolución, se archivarán los autos.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ecología Aplicada, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 19 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/27.931/11)</texto>
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