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    <fecha_publicacion>2011/08/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Demanda 189 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>200</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 180 
 Demanda 189 de 2011 
  Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 189 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Elsa Karina Landeta Espinosa, contra la empresa “RD Multiservicios Integrados, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  En Madrid, a 5 de julio de 2011..La ilustrísima señora doña Elena Burgos Herrera, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, ha dictado en nombre del Rey la siguiente
  Sentencia número 334 de 2011
  En los autos de juicio verbal sobre despido seguidos entre las partes: de la una, y como demandante, doña Elsa Karina Landeta Espinosa, con documento nacional de identidad número 51510733-W, defendida por la letrada doña Sonia Lobo, y de la otra, como demandados, “RD Multiservicios Integrados, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial.
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por doña Elsa Karina Landeta Espinosa, contra la empresa “RD Multiservicios Integrados, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro la improcedencia del despido, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por esta declaración, y dado que se encuentra cerrada y, por tanto, es imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral, se condena a la empresa demandada al abono de 9.673,95 euros en concepto de indemnización y 5.851,56 euros en concepto de salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (día siguiente a su fecha de efectos) a la presente resolución, a razón del salario declarado probado. Condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por esta declaración.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “RD Multiservicios Integrados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 5 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/28.171/11)</texto>
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