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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2011/08/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Villa del Prado. Organización y funcionamiento. Delegación Junta Gobierno Local</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>199</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villa del Prado</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL PRADO 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 73 
 Delegación Junta Gobierno Local 
  Mediante acuerdo de Pleno, en su sesión de 19 de julio de 2011, se han dispuesto la delegación en la Junta de Gobierno Local de la solicitud de subvenciones, que en sus términos literales se reproduce:
  En virtud de las competencias que otorga al Pleno el artículo 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, el Pleno adopta el siguiente acuerdo:
  Primero..Delegar en la Junta de Gobierno Local la siguiente atribución del Pleno:
  a)	Las atribuciones de solicitud y demás trámites de subvenciones, ayudas y convenios ante administraciones y organismos públicos, cuando en la normativa específica reguladora de la subvención se atribuya tal competencia al Pleno.
  Segundo..El Pleno podrá avocar, en cualquier momento, la competencia delegada, con arreglo a la legislación vigente sobre procedimiento administrativo común.
  Tercero..Proceder a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y notificar a los distintos Departamentos de este Ayuntamiento.
  En Villa del Prado, a 1 de agosto de 2011..La alcaldesa, Belén Rodríguez Palomino.
  (03/28.965/11)</texto>
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