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    <fecha_publicacion>2011/08/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Demanda 643 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>197</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 60 
 Demanda 643 de 2011 
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 643 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel París Redondo, contra la empresa “F. Gómez-Cuétara Bakery Biscuit Technology, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la sentencia número 454, de fecha 20 de julio de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 454
  En Madrid, a 20 de julio de 2011..Vistos por doña Ana Fernández Valentí, magistrada-juez sustituta en el Juzgado de lo social número 14 de Madrid, los presentes autos sobre despido, siendo partes en los mismos: de una, como demandante, don Ángel París Redondo, asistido por el letrado don Francisco Javier García Gutiérrez, y de otra, como demandada, “F. Gómez-Cuétara Bakery and Biscuit Technology, Sociedad Limitada”.
  Fallo
  Estimo la demanda formulada frente a la empresa “F. Gómez-Cuétara Bakery and Biscuit Technology, Sociedad Limitada”, y declaro la improcedencia de la decisión extintiva del contrato de trabajo de que fue objeto don Ángel París Redondo con fecha de efectos 13 de abril de 2011, y habiendo cesado la empresa en su actividad, declaro extinguido en esta fecha el contrato de trabajo que unía a las partes, condenando a la demandada a estar y pasar por ambas declaraciones, así como a abonar al actor la cantidad de 13.355,36 euros en concepto de indemnización (14.355,36 euros, menos 1.000 euros percibidos por tal concepto), y por los salarios de tramitación del período 13 de abril de 2011 a 20 de julio de 2011 (noventa y ocho días a 73,62 euros/día) la cantidad de 7.214,76 euros.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “F. Gómez-Cuétara Bakery and Biscuit Technology, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 22 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/28.165/11)</texto>
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