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    <fecha_publicacion>2011/08/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Demanda 1.212 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>196</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 146 
 Demanda 1.212 de 2010 
  Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.212 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Verónica González Prieto, contra la empresa “Call Venta, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 401 de 2011
  En Madrid, a 8 de julio de 2011..Doña Ana Victoria Jiménez Jiménez, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 11 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, doña Verónica González Prieto, que comparece asistida por la letrada doña Isabel Jenny Tello Limaco, y de otra, como demandada, “Call Venta, Sociedad Limitada”, que no comparece, ha dictado la siguiente sentencia.
  Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Fallo
  Estimando la demanda interpuesta por doña Verónica González Prieto, contra “Call Venta, Sociedad Limitada”, y su administradora, doña Altagracia Pujols Mejía, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la cantidad de 1.037,42 euros por los conceptos y períodos indicados.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Call Venta, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 19 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/27.622/11)</texto>
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