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    <fecha_publicacion>2011/08/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Colmenar Viejo número 4. Juicio de faltas 93 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>196</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 130 
 Juicio de faltas 93 de 2011 
  Doña Lorena Álvarez García, secretaria del Juzgado de instrucción número 4 de Colmenar Viejo.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 93 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Doña Cristina Villa Cuesta, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número cuatro de Colmenar Viejo, ha visto en juicio oral y público los  presentes autos de juicio de faltas número 93 de 2011, seguidos por una presunta falta de hurto, contra don Cristhián Alberto Márquez Silva, con la intervención de don Antonio Pablo Buitrago García, como denunciante, y el ministerio fiscal, en el ejercicio de la acción pública.
  Que debo condenar y condeno a don Cristhián Alberto Márquez Silva, como autor penalmente responsable de una falta de hurto del artículo 623.1 del Código Penal, sin la concurrencia criminal, a la pena de multa de un mes con cuota diaria de 6 euros, es decir, 180 euros, que habrán de pagarse en un solo plazo dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la firmeza de la sentencia, y en caso de impago o de insolvencia, dará lugar a una responsabilidad personal subsidiaria de quince días de privación de libertad en caso de impago, condenándole a las costas procesales.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el término de cinco días ante este Juzgado para la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, y expídase testimonio de la misma, que quedará unido a los autos, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Cristhián Alberto Márquez Silva, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Colmenar Viejo, a 20 de julio de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/27.608/11)</texto>
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