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    <fecha_publicacion>2011/08/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 28. Procedimiento 1.198 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>196</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 28</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 28 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 120 
 Procedimiento 1.198 de 2009 
  En el procedimiento de modificación de medidas en supuesto contencioso número 1.198 de 2009, sobre otras materias, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 398
  En Madrid, a 20 de julio de 2011..Vistos por la ilustrísima señora doña Emilia Marta Sánchez Alonso, magistrada-juez de primera instancia del número 28 de los de Madrid, los autos seguidos en este Juzgado al número 1.198 de 2009, promovidos por la procuradora doña Beatriz Calvillo Rodríguez, en nombre y representación de don José Miguel Abregu Ramos, contra doña Patricia Jaqueline Altamirano, declarada procesalmente en rebeldía, en base al siguiente
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por la procuradora señora Calvillo Rodríguez, en representación de don José Miguel Abregu Ramos, contra doña Patricia Jaqueline Altamirano, formulo los siguientes pronunciamientos:
  No ha lugar a pronunciamiento alguno respecto a las comunicaciones entre padre e hijo, habida cuenta que este ha alcanzado la mayoría de edad.
  La pensión alimenticia a favor del hijo Miguel Joshua se fija en 180 euros mensuales, pagaderos dentro de los cinco primeros días de cada me y actualizables anualmente de conformidad con las variaciones que experimente el índice de precios al consumo publicado por el Instituto Nacional de Estadística.
  Sin costas.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, observando lo prevenido en el artículo 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la disposición adicional decimoquinta introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Patricia Jaqueline Altamirano Iturriaza, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Madrid, a 20 de julio de 2011..El secretario (firmado).
  (03/27.609/11)</texto>
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