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    <fecha_publicacion>2011/08/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 26. Ejecución 172 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>192</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 65 
 Ejecución 172 de 2011 
  Don Francisco Javier Mendoza Castellano, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 172 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mustafá Mohamedi Moh, contra la empresa “Mobra 2020, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado decreto de fecha 30 de junio de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Decreto
  Secretaria judicial, doña María Dolores Gómez Collados..En Madrid, a 30 de junio de 2011.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: En este procedimiento se ha dictado auto despachando ejecución a instancias de don Mustafá Mohamedi Moh, frente a “Mobra 2020, Sociedad Limitada”, por las cantidades de 2.845,87 euros de principal, más otros 170,75 euros y 258,71 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas.
  Visto que por el Juzgado de lo social número 7 de Madrid se ha dictado decreto de insolvencia de fecha 5 de octubre de 2010 respecto de la misma demandada, “Mobra 2020, Sociedad Limitada”, en el procedimiento de ejecución número 95 de 2009, dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se  procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
  Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mobra 2020, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 30 de junio de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/27.181/11)</texto>
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