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    <identificador>BOCM-20110815-34</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>FUENLABRADA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/08/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Fuenlabrada. Organización y funcionamiento. Delegaciones competencias</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>192</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Fuenlabrada</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 34 
 Delegaciones competencias 
  En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales se da publicidad a las delegaciones de competencias y nombramientos efectuados por el alcalde-presidente de este Ayuntamiento: 
  DECRETO 908/2011, VICEPRESIDENCIA DEL CONSEJO SOCIAL  DE LA CIUDAD
  Don Manuel Robles Delgado, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en virtud de las facultades que me confiere la legislación vigente, dicto el siguiente decreto:
  Resultando que siendo importante el volumen de trabajo que conlleva la gestión municipal, y para que esta resulte eficaz para la resolución de los problemas de los ciudadanos de esta localidad, a través de un Ayuntamiento cercano a los intereses y demandas legítimas que beneficien al conjunto de la ciudadanía.
  Resultando que en virtud de decreto de esta Alcaldía-Presidencia 725/2011, de 13 de junio, se nombró a don José Borrás Hernández como concejal-delegado de Participación Ciudadana, Recursos Humanos y Seguridad Ciudadana, atribuyéndosele competencias delegadas en la materia.
  Considerando que según lo establecido por el artículo 8 del Reglamento Regulador del Consejo Social de la Ciudad de Fuenlabrada, el Plenario:
  “Está formado por la totalidad de las personas que componen el Consejo que tienen derecho a voz y voto en las sesiones: representantes de las entidades y movimientos sociales, los sectores económicos y empresariales, las asociaciones vecinales, el sector universitario, los grupos políticos municipales, los sindicatos y distintos agentes, instituciones y consejos sectoriales, forman parte del Plenario de Consejo con el objetivo de que toda la ciudad se sienta debidamente representada.
  Estará compuesto de la siguiente forma:
  .	Presidente.
  .	Vicepresidente.
  .	Un representante de cada grupo político municipal.”
  Considerando que según establece el artículo 12 del Reglamento Orgánico del Consejo Social de la Ciudad de Fuenlabrada, la vicepresidencia del Plenario “corresponderá al miembro de la Corporación Municipal que designe la Alcaldía de entre los/las concejales/as que formen parte del Equipo de Gobierno. En caso de ausencia de la Presidencia, será la Vicepresidencia quien realizará sus funciones”.
  Por todo lo anterior, y en virtud de las facultades que me confiere la legislación vigente, vengo en resolver:
  Único..Delegar en don José Borrás Hernández, como concejal-delegado de Participación Ciudadana, Recursos Humanos y Seguridad Ciudadana, la Vicepresidencia del Plenario del Consejo Social de la Ciudad de Fuenlabrada.
  DECRETO 909/2011, VICEPRESIDENCIA DE LA COMISIÓN ESPECIAL  DE SUGERENCIAS Y RECLAMACIONES
  Don Manuel Robles Delgado, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en virtud de las facultades que me confiere la legislación vigente, dicto el siguiente decreto:
  Resultando que siendo importante el volumen de trabajo que conlleva la gestión municipal, y para que esta resulte eficaz para la resolución de los problemas de los ciudadanos de esta localidad, a través de un Ayuntamiento cercano a los intereses y demandas legítimas que beneficien al conjunto de la ciudadanía.
  Resultando que en virtud de decreto de esta Alcaldía-Presidencia 725/2011, de 13 de junio, se nombró a don José Borrás Hernández, como concejal-delegado de Participación Ciudadana, Recursos Humanos y Seguridad Ciudadana, atribuyéndosele competencias delegadas en la materia.
  Considerando que según lo establecido por el artículo 1 del Reglamento Orgánico Regulador de la Comisión de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada:
  “1.  Para la defensa de los derechos de los ciudadanos, el Pleno del Ayuntamiento de Fuenlabrada crea la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones, que estará compuesta de la siguiente forma:
  .	Presidencia.
  .	Vicepresidencia.
  .	Nueve concejales en representación de todos los Grupos Municipales presentes en el mismo de forma proporcional a su composición.
  .	La Presidencia de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones corresponde al alcalde/sa, quien podrá delegarla en un concejal/a.
  2.  La Vicepresidencia recaerá en uno de los concejales/as del Equipo de Gobierno designados a tal efecto por el alcalde/sa.
  3.  Será secretario/a de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones el secretario/a general del Pleno, quien podrá delegar.”
  Por todo lo anterior, y en virtud de las facultades que me confiere la legislación vigente, vengo en resolver:
  Único..Delegar en don José Borrás Hernández, como concejal delegado de Participación Ciudadana, Recursos Humanos y Seguridad Ciudadana, la Vicepresidencia de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
  DECRETO 910/2011, NOMBRAMIENTO DE RESPONSABLE DE LA OFICINA DE APOYO A LA COMISIÓN ESPECIAL DE SUGERENCIAS  Y RECLAMACIONES
  En Fuenlabrada, por don Manuel Robles Delgado, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar la siguiente resolución:
  Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del Gobierno municipal y conseguir una mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas del Gobierno.
  Con la finalidad anterior, el alcalde tiene atribuidas en virtud de lo establecido por artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, las competencias en materia de dirección de la Administración Municipal y, por tanto, de los servicios, departamentos, gerencias y otros organismos municipales que en ella se integran.
  Considerando que conforme establece el Reglamento Orgánico de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada existirá en la Delegación de Participación Ciudadana una Oficina de Apoyo a la Comisión.
  Resultando que según decreto de Alcaldía-Presidencia 798/2011, de 22 de junio, se nombró a don Jesús Godino Palomo como asesor en materia de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
  En virtud de lo anteriormente expuesto y conforme a la legislación vigente, resuelvo:
  Primero..Nombrar a don Jesús Godino Palomo como responsable de la Oficina de Apoyo a la Comisión de Sugerencias y Reclamaciones, con las facultades que se regulan en su correspondiente Reglamento Orgánico.
  DECRETO 911/2011, NOMBRAMIENTO DE COORDINADOR DEL CONSEJO SOCIAL DE LA CIUDAD DE FUENLABRADA
  En Fuenlabrada, por don Manuel Robles Delgado, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar la siguiente resolución:
  Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del Gobierno municipal y conseguir una mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas del Gobierno.
  Con la finalidad anterior, el alcalde tiene atribuidas en virtud de lo establecido por artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, las competencias en materia de dirección de la Administración Municipal y, por tanto, de los servicios, departamentos, gerencias y otros organismos municipales que en ella se integran.
  Considerando que conforme establece el artículo 17 del Reglamento Orgánico del Consejo Social de la Ciudad de Fuenlabrada, existirá un coordinador/a del Consejo Social de la Ciudad:
  “El coordinador/a del Consejo de la Ciudad, que será nombrado por el alcalde, es la persona que se encargará de auxiliar al secretario/a del Consejo en la gestión y buen funcionamiento del mismo y de la asistencia técnica al Plenario y Comisiones, llevando a cabo las tareas generales para ese fin y teniendo, además, como funciones específicas las siguientes:
  a)	Suministrar toda la infraestructura precisa para el normal desenvolvimiento de las actividades del Consejo. En el área de gobierno competente en materia de participación ciudadana figurarán los créditos presupuestarios que se asignen para su funcionamiento, colaborando, además, con los recursos humanos y materiales que sean precisos.
  b)	Facilitar datos, documentos, informes y proyectos que le sean solicitados, es decir, la gestión de toda la información que servirá de base para los estudios y propuestas formuladas desde el Consejo.
  c)	La comunicación de los órganos del Consejo con otros órganos de gestión municipal se llevará a cabo a través del coordinador/a.”
  Considerando que el nombramiento del coordinador del Consejo Social del Ayuntamiento de Fuenlabrada no se corresponde con ningún puesto de trabajo de la plantilla municipal y, por tanto, no conlleva aparejada retribución económica alguna.
  Resultando que según decreto de Alcaldía-Presidencia 798/2011, de 22 de junio, se nombró a don Jesús Godino Palomo como asesor en materia de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
  En virtud de lo anteriormente expuesto, y conforme a la legislación vigente, resuelvo:
  Primero..Nombrar a don Jesús Godino Palomo como coordinador del Consejo Social de la Ciudad de Fuenlabrada, conforme a lo establecido en el artículo 17 del Reglamento Orgánico que regula dicho órgano.
  En Fuenlabrada, a 27 de julio de 2011..El alcalde-presidente, Manuel Robles Delgado.
  (03/27.996/11)</texto>
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