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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/08/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Santa María de la Alameda. Organización y funcionamiento. Nombramiento concejales-delegados</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>190</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Santa María de la alameda</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 69 
 Nombramiento concejales-delegados 
  En virtud de las facultades que me confiere el artículo 21.2 de la Ley 1/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con los artículos 43, 44, 45 y 51 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, mediante decreto de la Alcaldía 21/2011, 21 de junio, ha efectuado las siguientes delegaciones:
  Delegar, en el concejal don José María García Barbero, las Áreas de:
  .	Presidencia.
  .	Hacienda y Bienes Patrimoniales.
  .	Relaciones con el Canal de Isabel II.
  .	Representante Sexmo de Casarrubios.
  Delegar, en la concejala doña María Luisa Palomo Peña, las Áreas de:
  .	Educación y Empleo.
  .	Asuntos Sociales, Mujer e Inmigración.
  Delegar, en la concejala doña Alicia Tabernero García, las Áreas de:
  .	Transportes e Infraestructuras.
  .	Economía:
  l Industria y Comercio.
  l Agricultura y Ganadería.
  l Turismo.
  Delegar, en el concejal don Juan Carlos Guadaño Ortega, las Áreas de:
  .	Obras.
  .	Mantenimiento Viario y de Edificios Municipales.
  Delegar en el concejal don Pedro Antonio Aparicio Arias las Áreas de:
  .	Cultura, Juventud, Deporte.
  .	Nuevas Tecnologías.
  .	Sanidad y Consumo.
  Quedan reservadas para su ejercicio por doña María Begoña García Martín las materias de:
  .	Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.
  .	Interior.
  A tenor de los artículos 43, 44 y 45 antes citados, estas delegaciones abarcan tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
  En Santa María de la Alameda, a 27 de julio de 2011..La alcaldesa, María Begoña García Martín.
  (03/27.761/11)</texto>
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