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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/08/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Ejecución 53 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>190</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 174 
 Ejecución 53 de 2011 
  Doña María Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 53 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Teresa Olmos Arranz, contra la empresa “Intermedia Soluciones Financieras, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 7 de julio de 2011.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Estimar la oposición a la ejecución acordada, formulada por el Fondo de Garantía Salarial, dejando sin efecto el auto de fecha 27 de abril de 2011 y acordando, en consecuencia, el alzamiento de los embargos decretados.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a presentar en este Juzgado, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda. Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, agencia 1143, sucursal sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 0030/1143/2810/0000/30/1169/08, debiendo comunicar ante la entidad bancaria donde se efectúe el ingreso la clase de recurso que va a interponer, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso.
  No se admitirá a trámite el recurso si el depósito no estuviese constituido, previo requerimiento de subsanación por dos días del defecto, omisión o error en la constitución del mismo.
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.
  Así por este auto lo manda y firma su señoría ilustrísima..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Intermedia Soluciones Financieras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente en Madrid, a 7 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/27.073/11)</texto>
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