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    <fecha_publicacion>2011/08/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 17. Demanda 229 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>190</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 121 
 Demanda 229 de 2011 
  Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 229 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rubén Rodríguez Herraz, contra la empresa “Monkamp, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia con fecha 21 de junio de 2011, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por don Rubén Rodríguez Herraz, contra “Instalaciones Monkamp, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de la parte actora, condenando a la empresa demandada a que le indemnice en 14.126,63 euros, con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la del nuevo empleo, lo que asciende a 433 euros, declarando con esta fecha extinguida la relación laboral.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.
  Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado en la entidad “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, con el número 2515.
  Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar en la misma cuenta la suma de 150,25 euros en concepto de depósito.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Instalaciones Monkamp, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/27.038/11)</texto>
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