<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110811-123</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/08/11</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 19. Ejecución 163 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>189</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-08-11-189050820110087</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/11/BOCM-20110811-123.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/11/BOCM-20110811-123.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/11/BOCM-20110811-123.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 123 
 Ejecución 163 de 2011 
  Don Alfonso Lozano de Benito, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 150 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Milton Raúl Santos Llano y doña Eleida Calderón Lucas, contra la empresa “Tarakán Investment, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente:
  Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que a continuación se dice.
  «Fallo
  Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña Eleida G. Calderón Lucas y don Milton Raúl Santos Llano, contra la entidad “Tarakán Investment, Sociedad Limitada”, don Ángel Sánchez González y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido de los actores, condenando a la empresa a que a su opción, que deberá manifestar en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente resolución, opte por la readmisión de los demandantes o les indemnice en la suma de 1.426,43 euros a doña Eleida G. Calderón Lucas y en la suma de 1.035,79 euros a don Milton Raúl Saltos Llano, con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de notificación de esta sentencia, sin perjuicio de las situaciones de incompatibilidad que provengan de otras situaciones laborales o prestacionales, debiendo el Fondo de Garantía Salarial estar y pasar por la presente declaración, y absolviendo a don Ángel Sánchez González de los pedimentos deducidos en su contra en el escrito de demanda.
  Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia o se trate de emplazamiento, que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Milton Raúl Santos Llano, doña Eleida Calderón Lucas y “Tarakán Investment, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y, en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 27 de mayo de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/26.865/11)</texto>
</documento>