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    <fecha_publicacion>2011/08/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Getafe número 4. Juicio de faltas 225 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>187</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 93 
 Juicio de faltas 225 de 2010 
  Doña María Paz Laso Pérez, secretaria del Juzgado de instrucción número 4 de Getafe.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 225 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia
  En Getafe, a 24 de enero de 2011..Vistos por mí, ilustrísimo señor don Francisco Javier Achaerandio Guijarro, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 4 de Getafe, los presentes autos de juicio rápido de faltas número 225 de 2010, en los que ha sido parte el señor fiscal, como acusación pública, y como implicados: el centro comercial “Decathlón”, con domicilio en Getafe, calle Río Odiel, sin número, como denunciante y perjudicada, y don José Manuel Bermejo Díaz Maroto, con documento nacional de identidad número 1187030-T, con domicilio en la calle de la Vega, número 24, segundo A, de San Martín de la Vega, como denunciado, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que debo absolver y absuelvo libremente de los hechos que se le imputaban a don José Manuel Bermejo Díaz Maroto, con declaración de las costas el presente procedimiento de oficio.
  Cese el depósito que se hubiera constituido sobre los objetos propiedad de la entidad comercial.
  La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación, todo ello si no hubiese sido notificada antes y declarada firme en el acto del juicio oral.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don José Manuel Bermejo Díaz Maroto, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Getafe, a 22 de marzo de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/26.486/11)</texto>
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