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    <fecha_publicacion>2011/08/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Rivas-Vaciamadrid. Régimen económico. Notificación resoluciones recaídas expedientes sancionadores tráfico</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 54 
 Notificación resoluciones recaídas expedientes sancionadores tráfico 
  De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores de tráfico que se indican, dictadas por la concejala-delegada de Seguridad Ciudadana, en uso de las atribuciones que le confiere el Decreto de la Alcaldía-Presidencia 1255/2009, de 26 de marzo, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido esta no se ha podido practicar.
  Podrá abonar el importe de la sanción por giro postal o ingreso en el “Banco de Santander” número de cuenta 0049-1622-81-2210010186, siendo imprescindible indicar el número de expediente y nombre del/a interesado/a. El justificante de ingreso servirá a todos los efectos como carta de pago.
  Los datos de carácter personal se integrarán en un fichero de un sistema informático gestionado pro el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid con las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y Ley 8/2001, de 13 de julio, de la Comunidad de Madrid. El interesado podrá ejercitar en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la citada Ley.
  
 
   Contra estas resoluciones, que son firmes en vía administrativa, podrán interponerse, alternativamente, (artículos 109, 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre y artículos 8, 14, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa) los siguientes recursos:
  .	Recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la resolución en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente.
  .	Recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de dicho orden jurisdiccional de Madrid o aquel en cuya circunscripción tenga su domicilio el sancionado, dentro del plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación.
  Los correspondientes expedientes sancionadores obran en el Departamento de Régimen Sancionador del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.
  Rivas-Vaciamadrid, a 12 de julio de 2011..La concejala-delegada de Seguridad Ciudadana, PD 2297/2011, de 13 de junio, Yaiza García Reca.
  (02/6.676/11)</texto>
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