<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110809-170</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTANDER NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/08/09</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Santander número 2. Procedimiento ordinario 849 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>187</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-08-09-187040820110104</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/09/BOCM-20110809-170.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/09/BOCM-20110809-170.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/09/BOCM-20110809-170.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTANDER NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTANDER NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 170 
 Procedimiento ordinario 849 de 2010 
  Doña María de las Mercedes Díez Garretas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Santander.
  Hace saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de procedimiento ordinario con el número 849 de 2010, a instancias de doña Susana Matesanz de Frutos, frente a “Instituto de Control e Inspección, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en los que se ha dictado resolución y/o cédula de fecha 2 de junio de 2011 del tenor literal siguiente:
  Que estimando la demanda formulada por doña Susana Matesanz de Frutos, frente a “Instituto de Control e Inspección, Sociedad Limitada”, condeno a esta empresa a abonar a la actora la cantidad de 3.761,97 euros por los conceptos arriba referenciados, más el 10 por 100 anual de interés por mora.
  Notifíquese la presente sentencia a las partes, previniéndoles que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a su notificación, previa consignación, si recurriere la demandada, del importe total de la condena en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto” número 3868000034084910, más otra cantidad de 150 euros en la misma cuenta y en ingresos por separado del importe total de la condena.
  Y para que sirva de notificación en legal forma, con los apercibimientos en la misma contenidos, a “Instituto de Control e Inspección, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, libro el presente en Santander, a 6 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/26.502/11)</texto>
</documento>