<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110804-86</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>COLLADO MEDIANO</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/08/04</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Collado Mediano. Urbanismo. Estudio Detalle calle Jaralón</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>183</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-08-04-183270720110227</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/04/BOCM-20110804-86.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/04/BOCM-20110804-86.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/04/BOCM-20110804-86.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Collado Mediano</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COLLADO MEDIANO 
 URBANISMO
 
 86 
 Estudio Detalle calle Jaralón 
  El Pleno del Ayuntamiento de Collado Mediano, en sesión extraordinaria celebrada el día 22 de junio de 2011, acordó aprobar definitivamente el estudio de detalle, redactado por el arquitecto don Santos López Colón, a instancias de la mercantil “CAS, Sociedad Anónima” (“Compañía Auxiliar de Sociedades”), referido al suelo urbano sito en la calle Jaralón.
  Lo que se hace público en cumplimiento del artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, una vez remitida al Registro de los Planes de Ordenación de la Comunidad de Madrid para su depósito una copia de dicho estudio.
  Dicho acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrido potestativamente en reposición ante el mismo órgano que lo ha adoptado, o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Los plazos para la interposición de los recursos de reposición y contencioso-administrativo serán de uno y dos meses, respectivamente, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
  No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
  Collado Mediano, a 8 de julio de 2011..La alcaldesa, María Rubio Sadia.
  (02/6.731/11)</texto>
</documento>