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    <fecha_publicacion>2011/08/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. Modificación proyecto urbanización Área Planeamiento Específico 05.03 Corazón de María</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 URBANISMO
 Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad
 
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 Modificación proyecto urbanización Área Planeamiento Específico 05.03 Corazón de María 
  Aprobación definitiva de la modificación del proyecto de urbanización del Área de Planeamiento Específico 05.03 “Corazón de María-avenida de América”, promovida por “Castellana 2000-Viviendas de Madrid, Sociedad Anónima”, distrito de Chamartín, número de expediente 714/2000/09409.
  La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión de 28 de julio de 2011, adoptó el siguiente acuerdo:
  Primero..Aprobar definitivamente la modificación del proyecto de urbanización del Área de Planeamiento Específico 05.03 “Corazón de María-avenida de América”, promovido por “Castellana 2000, Viviendas de Madrid, Sociedad Anónima”, distrito Chamartín.
  Segundo..El plazo de ejecución de las obras es de once semanas y el de garantía de dos años a partir de la fecha de recepción de las obras por el Ayuntamiento de Madrid.
  Lo que se publica para general conocimiento, significándose que el referido acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien, podrá ser impugnado directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID , de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.
  Madrid, a 29 de julio de 2011..El director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, Jesús Espino Granado.
  (02/7.147/11)</texto>
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