<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110804-221</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/08/04</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 39. Demanda 1.269 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>13</pagina_inicial>
    <pagina_final>13</pagina_final>
    <diario_numero>183</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-08-04-183290720110173</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/04/BOCM-20110804-221.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/04/BOCM-20110804-221.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/04/BOCM-20110804-221.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 221 
 Demanda 1.269 de 2010 
  Doña Margarita Martínez González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.269 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mark McLaughlin, contra la empresa “Lábaro, Sociedad Cooperativa”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 262 de 2011
  En Madrid, a 24 de junio de 2011.
  Fallo
  Estimando en parte la demanda interpuesta por don Mark McLaughlin, frente a la empresa “Lábaro, Sociedad Cooperativa”, en reclamación de salarios y liquidación, debo condenar y condeno a la citada empresa al abono al actor de la suma de 2.628,85 euros en concepto de cantidad bruta reclamada, que deberá ser incrementada con el 10 por 100 de recargo de interés por mora.
  Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación en la forma y los plazos establecidos en la Ley de Procedimiento Laboral.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Lábaro, Sociedad Cooperativa”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 29 de junio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/26.000/11)</texto>
</documento>