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    <titulo>Madrid número 28. Demanda 28 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>183</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 195 
 Demanda 28 de 2011 
  Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 28 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rubén Blanco Ibáñez, contra las empresas “Tecsor Ibérica, Sociedad Limitada”, y “Rejuma, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 4 de marzo de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 164 de 2011
  En Madrid, a 4 de marzo de 2011..Vistos los artículos citados y demás de general aplicación,
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por don Rubén Blanco Ibáñez, contra “Tecsor Ibérica, Sociedad Limitada”, y “Rejuma, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de fecha 30 de noviembre de 2010 del que el demandante fue objeto, condenando solidariamente a “Tecsor Ibérica, Sociedad Limitada”, y “Rejuma, Sociedad Limitada”, a pagar al demandado don Rubén Blanco Ibáñez las siguientes cantidades:
  Indemnización: 11.006,89 euros.
  Salarios de tramitación: 5.109,37 euros.
  Declarando extinguida la relación laboral que les unía con efectos del día 4 de marzo de 2011.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciendo saber contra ella cabe interponer recurso de suplicación que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia o por simple manifestación en el momento de la notificación. Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de justicia gratuita que deberá depositar la cantidad de 150 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, a nombre de este Juzgado de lo social número 28 de Madrid, acreditando mediante la representación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como, en el caso de haber sido condenado a alguna cantidad, consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la calle Orense, número 10, con el número 2526 la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándose a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.
  Así por esta mi sentencia, que se unirá por su orden al libro de sentencias de este Juzgado, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Tecsor Ibérica, Sociedad Limitada”, y “Rejuma, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 5 de julio de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/25.973/11)</texto>
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