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    <fecha_publicacion>2011/08/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Demanda 280 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>183</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 176 
 Demanda 280 de 2010 
  Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 280 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Enrique Elías Sánchez, contra la empresa “Servicios Integrales Nolimits, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución en fecha 24 de junio de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Que estimando la demanda interpuesta por don Luis Enrique Elías Sánchez, contra la empresa “Servicios Integrales Nolimits, Sociedad Limitada”, que no comparece, debo condenar y condeno a la empresa demandada al abono al actor de la cantidad de 2.279,29 euros, más el interés legal previsto en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios Integrales Nolimits, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 30 de junio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/26.019/11)</texto>
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